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Ministerio de Economía y Finanzas aprobó Gratificación por Fiestas Patrias de s/ 300 soles y estableció los lineamientos para el Sector Público

Según Decreto Supremo 185-2020-EF, este beneficio alcanza a funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 276, la Ley 29944 y la Ley 30512. A los docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220; el personal de salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153; los obreros permanentes y eventuales del Sector Público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

Del mismo modo, los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091. De acuerdo a lo dispuesto el Decreto de Urgencia 014-2019, los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, en el marco de la Ley 29849, también perciben aguinaldo por Fiestas Patrias.

En tanto, el pago a los trabajadores contratados bajo la modalidad especial del Decreto Legislativo Nº 1057, en el marco de la Ley Nº 29849, es otorgado hasta por el monto al que dispone el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, y se financia con cargo a los créditos presupuestarios en el presupuesto de las entidades públicas.

En el caso de los Gobiernos Locales, el aguinaldo por Fiestas Patrias es otorgado hasta por el monto fijado en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019 y se financia con cargo a sus respectivos ingresos corrientes.

¿Quiénes percibirán esta gratificación?

El personal señalado debe cumplir con las siguientes condiciones:

-Haber estado laborando hasta el 30 de junio del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

– No haber laborado menos de 3 meses hasta el 30 de junio del presente año. De no ser el caso se le beneficiara de acuerdo a los meses y días que laboro.

Para el Magisterio Nacional, el Aguinaldo por Fiestas Patrias se calcula de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, otorgándose a los docentes con jornada laboral completa un monto no menor al señalado en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019.

Los internos de Medicina Humana y de Odontología reciben de gratificación por Fiestas Patrias la suma de 100, en el marco de lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 016-2020.

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